Javier Cámara
DIRECTOR
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Cuando se afirma que la no despenalización del aborto es violencia de género, lo que se busca es adosarle a la defensa de la vida toda la carga negativa con la que la sociedad, afortunadamente, percibe el maltrato a la mujer.
La ministra de la Corte Suprema de Justicia dela Nación, Carmen Argibay, pasó por Córdoba el pasado 19 de abril, para presentar un libro sobre derechos humanos, género y violencia. En el marco de esa visita, en declaraciones a la prensa, la magistrada que promueve la legalización del aborto, dijo que “no despenalizar el aborto también es un episodio de violencia de género”.
Según publica el diario La Voz del Interior, consultada al respecto, la jueza respondió: “Yo creo que (la no despenalización del aborto) sí (es un episodio de violencia de género), pero esa es mi opinión, que hay muchos que no la comparten. (La no despenalización del aborto) es un desprecio hacia la personalidad de la mujer, que es una forma de violencia porque es no permitirle tomar decisiones sobre cuál es la vida que quiere, directamente. Pero muchos no la interpretarán como violencia hacia la mujer, porque se sostiene que su función primordial es la de ser madre, lo cual es una barbaridad”. Luego agregó: “Yo creo que lo fundamental es ser mujer y que la maternidad es otra cosa. La cuestión es que muchos no lo entenderían así. Y es que hay un conflicto entre dos bienes jurídicos protegidos en esta materia, y hay que resolverlo de alguna manera”, dijo la jueza.
A priori, es necesario subrayar que el marco jurídico argentino que Argibay debe hacer cumplir, tiene resuelto ese conflicto entre los “dos bienes jurídicos” que ella plantea. La Constitución nacional, desde la reforma de 1994, en su artículo 75 inciso 23, prioriza la vida de la persona por nacer, a la que considera en situación de desamparo y, en consecuencia, establece que la vida es un valor jurídicamente superior a la mera voluntad de la madre y del padre. Además, el artículo 75 inciso 22, que otorga jerarquía constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos, determina que, con rango superior a las leyes y actos administrativos, tenga supremacía el artículo 6 inciso 1° de la Convención sobre los derechos del niño, que establece: "Los estados partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida".
Aclarado ese punto, avanzamos en lo propio de esta reflexión, que es analizar el contenido y el objetivo de las expresiones de Argibay. Resulta necesario hacerlo porque se trata, en el fondo, de la vida de millones de personas. Hay que reiterarlo hasta el cansancio: se ha demostrado que la despenalización –o legalización- no hace más que multiplicar el número de abortos que se practican, a raíz del desprecio por el valor de la vida naciente que se establece en la cultura por el simple “valor pedagógico” de la ley. “Si es
legal es bueno”, se acepta, y el resultado es nefasto: sólo en Estados Unidos, desde 1973, cuando la Corte Suprema de ese país lo despenalizó, el aborto “legal” impidió que 60.800.000 personas nacieran, crecieran, se desarrollaran y ejercieran los derechos humanos que Argibay dice defender.
Con estos números podemos reformular el postulado de la magistrada: es el aborto, y no su despenalización, la verdadera “violencia de género”; pero de “género humano”, ya que su legalización le ha costado al mundo la eliminación de toda una “generación” de personas, mujeres y varones, varones y mujeres.
Perspectiva de género y objetivos de Argibay
En la puja abortista, la cuestión discursiva sigue siendo estratégica para el debate político, y es necesario ponerla en evidencia. En este caso, Argibay apela a la “perspectiva de género”, una categoría posmoderna de análisis de la realidad social y política, de contornos difusos y ambiguos, que considera que lo femenino y lo masculino son dimensiones de origen cultural, y que desconoce la relevancia del dato biológico.
Esta perspectiva pretende discernir y denunciar los “condicionamientos culturales” que oprimen a la mujer y, a su vez, promueve iniciativas para liberarla de esos condicionamientos.
En este sentido, la “violencia de género” abarca todos los actos mediante los cuales se discrimina, ignora, somete y subordina a las mujeres en los diferentes aspectos de su existencia. “Es todo ataque material y simbólico que afecta su libertad, dignidad, seguridad, intimidad e integridad moral y/o física”, dice la Convención de Belem do Pará (2004).
El problema es que para los promotores de esta perspectiva, la maternidad, por ejemplo, puede ser asumida como uno de estos “ataques simbólicos” a la libertad femenina. Y, en consecuencia, los que no reconocen
el derecho de las mujeres a evitarla de cualquier modo, se transforman en violentos maltratadores.
Cuando Argibay y los voceros de las multinacionales de la muerte proclaman que la no despenalización del aborto “es violencia de genéro”, lo que buscan es adhosarle a la protección de la vida naciente toda la
carga negativa con la que, afortunadamente cada vez más, la sociedad percibe la violencia hacia la mujer.
El objetivo es que la cultura mediatizada termine equiparando a todas aquellas personas que se oponen a la despenalización del aborto, con la defensa de un machismo anacrónico, o directamente con la perversa actitud de los delincuentes que agreden y maltratan a las mujeres. En fin, otra perversidad.